Descripción
El Ministerio de Industria y Comercio, por medio del SUACE, comunicó que desde el 9 de noviembre la constitución de una EAS y todas sus comunicaciones posteriores (asambleas, transferencia de acciones, autoridades, modificaciones) deberán presentarse con documentos que lleven Firma Electrónica Cualificada. El comunicado se apoya en la Resolución M.E.F. N.º 337/2026. Esta guía separa lo que dice la norma de lo que agrega el comunicado, para que el estudio y el cliente lleguen preparados.
Qué contiene (7 capítulos, 11 páginas):
- Resumen ejecutivo en una tabla: qué cambia, desde cuándo y con qué fuente.
- La Resolución M.E.F. 337/2026 en detalle: quién la dictó (el Ministerio de Economía y Finanzas, no el MIC), fecha, vigencia y los artículos que importan: el art. 9° (mínimo una FEC en todo documento comunicado; original o copia autenticada, escaneada) y el art. 10 (análisis en un máximo de 20 días hábiles).
- El comunicado MIC/SUACE: qué agrega para las EAS y qué no figura en la resolución (la fecha del 9 de noviembre y la Plataforma EAS salen del comunicado).
- Quién puede firmar: representante legal, persona autorizada, escribano u otra persona autorizada por la sociedad.
- Cómo se obtiene la FEC: los 6 prestadores cualificados habilitados por el MIC, formatos (token o nube) y costo de referencia.
- Efectos en cada trámite de la EAS, plazos de la DGPEJBF y lista de verificación para el estudio y el cliente.
- 3 diagramas y anexo de fuentes con enlaces oficiales y los puntos que quedan a confirmar.
Formato PDF (y Word editable a pedido). Entrega por correo electrónico tras la confirmación del pago. Emitimos factura virtual. Material técnico verificado contra los textos oficiales al 20/10/2026; no reemplaza el asesoramiento sobre un caso concreto.




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